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title: "ANSES ACTUALIZA LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO: NUEVO RANGO Y REQUISITOS"
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description: "Desde octubre de 2026, la prestación por desempleo se ajusta a un nuevo rango de 195.600 a 391.200 pesos, reflejando la actualización del SMVM. El beneficio se calcula como el 75 % de la mejor remuneración neta de los últimos seis meses, con requisitos y plazos específicos."
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date_published: "2026-09-29T11:43:00-03:00"
date_modified: "2026-09-29T11:44:47-03:00"
author_name: "Fernando Reynoso"
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# ANSES ACTUALIZA LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO: NUEVO RANGO Y REQUISITOS

![](https://b4260387.assetcdn.net/2.0/4260387/wp-content/uploads/2026/09/Anses-cobro-pagos-1000x600.jpg?lossy=2&strip=1&avif=1)

A partir del 1° de octubre de 2026, la Prestación por Desempleo tendrá un piso de 195.600 pesos y un tope de 391.200 pesos, como consecuencia de la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). La modificación surge de la Resolución 4/2026, que fijó el salario mínimo en 391.200 pesos para octubre; la normativa establece que la asistencia por desempleo no puede ser inferior al 50 % del SMVM ni superar su valor total. El beneficio equivale al 75 % de la mejor remuneración mensual neta, normal y habitual de los seis meses anteriores al cese laboral, aunque siempre dentro de los límites establecidos para el período, por lo que el importe final dependerá del salario que percibía cada trabajador antes de quedar desempleado, con 195.600 pesos como mínimo y 391.200 pesos como máximo durante octubre. La prestación alcanza a trabajadores en relación de dependencia que hayan quedado desempleados por causas ajenas a su voluntad, como un despido sin justa causa o la finalización de un contrato, entre otras situaciones contempladas por la normativa. Los trabajadores permanentes deben acreditar al menos seis meses de aportes durante los tres años anteriores al fin de la relación laboral; para trabajadores eventuales, de temporada y de la construcción existen requisitos específicos. La cantidad de cuotas depende de los aportes acumulados y puede extenderse, en el régimen general, entre dos y doce meses; las personas mayores de 45 años pueden acceder a una extensión adicional de seis meses. Para solicitar la prestación se necesita el DNI y la documentación que acredite la finalización del vínculo laboral, como telegrama de despido, carta documento o constancia de vencimiento del contrato, según corresponda. El trámite puede iniciarse a través de Mi ANSES, con CUIL y Clave de la Seguridad Social, o presencialmente con turno previo. La solicitud debe presentarse dentro de los 90 días posteriores al cese laboral; si se realiza después de ese plazo, ANSES descuenta los días excedidos del período total que corresponde cobrar.

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